PermisodePaternidad

Todo lo que necesitas saber sobre tu bebé.
  • Facebook
  • Twitter
  • Rss
Aprende y comparte con nosotros
  • Papeleos
    • Ayudas Económicas tras el nacimiento del bebé
      • El Cheque Bebé
      • Ayuda de 2500 euros por el nacimiento
      • Deducción en la Declaración de Hacienda
    • Bajas y Permisos
      • La Baja de Paternidad
        • Ampliación de la baja de paternidad
        • Baja de Paternidad durante el Paro
        • Cotización durante la Baja de Paternidad
      • Reducción de Jornada
        • Quién tiene derecho a la reducción de jornada?
        • Qué horario puedo escoger?
        • Y si me despiden, qué?
      • Excedencia por cuidado de un Menor
    • Inscripción en el Registro Civil
      • Elegir el al nombre del Recien Nacido
  • Embarazo y Embarazadas
  • Hospitales, Médicos y Pruebas
  • Bebes
  • Ser Padres
  • Accesorios
Search the site...
Home» Bajas y Permisos » La Baja de Paternidad » Excedencia por cuidado de un Menor

Excedencia por cuidado de un Menor

La excedencia en el trabajo se produce cuando un trabajador corta la relación con su empresa durante un periodo de tiempo durante el que puede dedicarse a otras cosas, como por ejemplo trabajar en otro lado, dedicarse al cuidado de su familia, etc, etc.

Los trabajadores tienen derecho a disfrutar de un periodo de excedencia por cuidado de un menor con una duración máxima de 3 años, ya sea por nacimiento de un hijo como por adopción o acogimiento. Estos tres años se cuentan a partir de la fecha del nacimiento o de la resolución de la adopción.

Este derecho es independiente de la antigüedad del trabajador y del tipo de contrato que tenga con la empresa (fijo o temporal). Claro que en el caso de tener un contrato temporal, la empresa puede (debe, o tendrá que hacerlo fijo en caso contrario) cesar al trabajador cuando llegue la fecha en la que el contrato se iba a terminar.

Mientras el trabajador está en situación de excedencia, el tiempo que pasa se va acumulando en su antigüedad en la empresa y además tendrá derecho a los cursos de formación que la empresa imparta.

Nos reservan el puesto de trabajo?

Durante el primer año de la excedencia (desde que se empieza a disfrutar la excedencia, no desde la fecha de nacimiento), la empresa nos debe reservar el mismo puesto de trabajo que teníamos. Pasado ese primer año nos reservan un puesto en el mismo grupo profesional o categoría equivalente, pero no ha de ser exáctamente el mismo trabajo que teníamos.

Qué nota te merece este artículo?

1 Star2 Stars3 Stars4 Stars5 Stars (No Ratings Yet)
Cargando...

Leave a Reply Cancel reply

Lo siento, debes estar conectado para publicar un comentario.

Meta

  • Acceder
  • Feed de entradas
  • Feed de comentarios
  • WordPress.org

Artículos relacionados con…

actividades adolescentes adultos agua alergias alimentación alimentos alivio aprender aprendizaje ayuda baño bebe bebes bullying celiacos colegio comida Comidas comportamiento compras Consejos crecimiento crianza cuidado cuidados cumpleaños desarrollo deteccion dinero diversion dolor dormir dos años edad educacion ejercicio elegir Embarazo escuela familia fertilidad gemelos gripe hermanos ideas jovenes juego juegos lactancia materna leche materna lenguaje madres manualidades maternidad medicamentos mellizos metodo Mitos nacimiento navidad niñas niños niños pequeños Ocio padres parto pañales pequeños pre adolescentes preescolares preparar prevencion problemas proteccion pubertad que hacer receta regalos relacion salud seguridad sexo señales siesta sintomas sueño tipos tratamiento trucos uso vacuna Vacunas verano

Entradas Recientes

  • Las ventajas de compartir cuarto entre hermanos
  • ¿Tu hijo se sienta con sus piernas en W? Podría haber un problema
  • Por qué mi hijo se está comportando mal
  • Consejos para escoger una guardería o jardín de infantes
  • Principiantes: Consejos para cambiar un pañal como campeones
(c) 2013 PermisodePaternidad - Web Design by CCTW
  • Foro de Resolución de Dudas
  • Política y Normas
  • Mapa de la web